Se prorroga hasta el 31 de mayo el Plan MeCuida que permite flexibilizar la jornada por cuidado de hijos en el escenario de la pandemia

Ene 29, 2021 | Histórico

Se prorroga hasta el 31 de mayo el Plan MeCuida que permite flexibilizar la jornada por cuidado de hijos en el escenario de la pandemia
  

El Gobierno ha ampliado hasta el 31 de mayo el Plan MeCuida, un plan creado para dar respaldo legal en el ámbito laboral a las familias que necesiten flexibilizar o modificar su jornada de trabajo para cuidar de hijos o familiares en el escenario de la pandemia.
Este Plan, puesto en marcha al comienzo de la crisis del coronavirus y el cierre de colegios, establece que las personas trabajadoras por cuenta ajena que acrediten deberes de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de los familiares por consanguinidad hasta el segundo grado de la persona trabajadora, tendrán derecho a acceder a la adaptación de su jornada y/o a la reducción de la misma cuando concurran circunstancias excepcionales relacionadas con las actuaciones necesarias para evitar la transmisión comunitaria del COVID-19.
Las situaciones a las que da respuesta el Plan MeCuida son la atención de personas, que, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, necesite de cuidado personal y directo como consecuencia directa del COVID-19; también cuando existan decisiones adoptadas por las Autoridades gubernativas relacionadas con el COVID-19 que impliquen cierre de centros educativos o de cualquier otra naturaleza que dispensaran cuidado o atención a la persona necesitada de los mismos. También situaciones que requieren la presencia de la persona trabajadora, cuando la persona que hasta el momento se hubiera encargado del cuidado o asistencia directos de cónyuge o familiar hasta segundo grado de la persona trabajadora no pudiera seguir haciéndolo por causas justificadas relacionadas con el COVID-19
La normativa establece que empresa y persona trabajadora deberán hacer lo posible por llegar a un acuerdo para adaptar la jornada a las necesidades del empleado y las de la empresa. El trabajador podrá distribuir el tiempo de trabajo o modificar algún aspecto que le permita atender las necesidades familiares. Así, el empleado puede pedir un cambio de turno, alteración de horario, horario flexible, jornada partida o continuada, cambio de centro de trabajo, cambio de funciones, cambio en la forma de prestación del trabajo, incluyendo la prestación de trabajo a distancia, o cualquier otro cambio de condiciones que estuviera disponible en la empresa o que pudiera implantarse de modo razonable y proporcionado.
Las reducciones de jornada llevan implícita la reducción de salario correspondiente. En caso de reducciones de jornada que lleguen al 100 % el derecho de la persona trabajadora deberá estar justificado y ser razonable y proporcionado en atención a la situación de la empresa.