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Bonificación impuesto IBI

por | Jul 17, 2017


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Bonificación impuesto IBI
La cuantía de la bonificación depende del número de hijos que conviven en el domicilio y del valor catastral de la vivienda, según este cuadro:
3 Hijos 4 Hijos 5 Hijos ó más
Hasta 48.000€ 70% Dto. 80% Dto. 90% Dto.
Hasta 48.001€ a 88.00€ 50% Dto. 60% Dto. 70% Dto.
Hasta 88.001€ a 100.000€ 20% Dto. 30% Dto. 40% Dto.

Más de 100.00€ (SIN BONIFICACIÓN)

REQUISITOS:
- Estar en posesión del Título (vigente) de Familia Numerosa expedido por la
Junta de Andalucía.
- Que la unidad familiar esté empadronada en el domicilio para el cual se solicita
la bonificación.
- Estar al corriente en los pagos de los Impuestos Municipales.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
- Solicitud debidamente cumplimentada
- Original y fotocopia compulsada de las Tarjetas de Familia numerosa.
- DNI de la persona solicitante de la bonificación (coincidirá con el miembro de la
unidad familiar titular del recibo del IBI).
- Fotocopia del último recibo de la contribución
ENTREGA DE SOLICITUD Y DOCUEMENTACIÓN:
- Registros Auxiliares (Distritos Municipales)
- Registro General: Ubicado en C/ Pajaritos nº 14
- Negociado del IBI ubicado en Avenida de Málaga nº 12 2º Planta
Plazo de entrega: Del 02 de ENERO al 01 de MARZO de 2014

Enlaces externos

http://www.sevilla.org/ayuntamiento/competencias-areas/area-de-hacienda-y-administracion-publica/agencia-tributaria-de-sevilla/d-informacion-tributaria/informacion-ibi

Resumen prestación