1. Inicio
  2. Prestaciones
  3. AYUDAS A LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO

AYUDAS A LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO

por | Jun 3, 2019


Ámbito de actuación

Categoría

Contenido

CURSO 2019/2020 - para alumnos en Educación Primaria (1º, 2º), Educación Secundaria Obligatoria (1º, 2º, 3º o 4º) - Presentar entre el 27 de mayo y finaliza el 7 de junio de 2019.
AYUDAS A LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO
Para alumnos que cursen estudios en centros públicos y concertados.

1) Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas mediante la presente resolución, los representantes legales de los alumnos matriculados en cualquiera de los cursos referidos en el apartado segundo de la presente resolución, en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el curso 2019/2020.

2) Requisitos. Para ser beneficiario deberán cumplir los siguientes requisitos:
• El alumno debe estar matriculado en alguno de los cursos establecidos en el apartado segundo de la convocatoria.
• La renta per cápita de la unidad familiar del ejercicio 2018. Se aplicará solo para las ayudas de carácter general (Tipo 1, Tipo 2 y Tipo 3) y los umbrales son los establecidos en la definición de dichos tipos de ayudas.
• El rendimiento de capital mobiliario del ejercicio 2018. Se aplicará solo para las ayudas de carácter general y no podrá superar el importe anual de 4.000 euros.
• Haber adquirido los libros, cuyo gasto se financia mediante dichas ayudas, en algún establecimiento o punto de venta autorizado para ello, con la correspondiente clasificación profesional y que tenga como una de sus actividades empresariales la venta de libros de texto.
• Tener residencia efectiva en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
• Para la obtención de las ayudas calificadas de carácter especial (denominadas de Tipo 4) sus tutores deberán ser perceptores de la “Renta de ciudadanía de La Rioja” en el año 2018, conforme a los criterios marcados por la Consejería competente en materia Servicios Sociales.

3) Cuantía de las ayudas. Con carácter general y en función del tramo de renta per cápita en el que se encuentre el solicitante, las ayudas máximas a conceder serán las siguientes:
• Tipo 1 (supuesto en que la renta per cápita sea inferior o igual a 4.000 euros).
 175 euros para la Educación Primaria
 250 euros para la E.S.O.
 120 euros para FP Básica

• Tipo 2 (supuesto en que la renta per cápita sea superior a 4.000 euros e inferior o igual a 8.000 euros)
 145 euros para la Educación Primaria
 200 euros para la E.S.O.
 95 euros para FP Básica

• Tipo 3 (supuesto en que la renta per cápita sea superior a 8.000 euros e inferior o igual a 12.000 euros)
 100 euros para la Educación Primaria
 150 euros para la E.S.O.
 70 euros para FP Básica.

• Con carácter especial, para los alumnos cuyos tutores sean perceptores de la “Renta de ciudadanía de La Rioja” en el año 2018, se les concederá también el importe de las de Tipo 1 pero se les denominará como Tipo 4 para su diferenciación.
 175 euros para la Educación Primaria
 250 euros para la E.S.O.
 3. 120 euros para FP Básica
En este caso los solicitantes no tienen que cumplir los requisitos establecidos en el apartado sexto, letras b y c.
--------------------------------------------------------------
El importe de las ayudas no podrá superar el coste real de la adquisición de los libros de texto en dichos niveles de enseñanza.
--------------------------------------------------------------
4) Documentación.
La firma de la Solicitud por el representante del alumno dará lugar a la autorización a consultar los datos necesarios para la valoración de la misma.
En caso de no autorizar, se precisará la oposición expresa e individual de los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años (a fecha 31/12/2018), ver apartado 6 de la solicitud. Las oposiciones a consultar datos precisarán que los interesados adjunten la documentación expedida por el órgano cedente de la información a la que se oponen.

Junto con la solicitud se aportará la siguiente documentación:
 Libro de familia
 Sentencia de separación o divorcio, si procede
 Certificado de defunción, si procede
 Certificado expedido por la Hacienda Foral de los ingresos, del año 2018. SOLO para aquellos que tributen en TERRITORIOS FORALES
 Volante de empadronamiento o documento equivalente donde consten todos los miembros de la unidad familiar a fecha 31 de diciembre de 2018. SALVO para los empadronados en Alfaro, Arnedo, Calahorra, Ezcaray, Haro, Logroño y Nájera

Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración. En el caso de entrega presencial, el modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro.
Si tramita la petición se tramita de manera electrónica:
• Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
• Solicitud ayuda libros de texto Documento en formato .docx ( 48.1 Kb)
• Autorización de ingreso en la cuenta del centro (ANEXO VI) Documento en formato .doc ( 47 Kb)
• Ficha de alta de terceros Documento en formato .rtf ( 105.7 Kb)
• Cambio de medio de notificación Documento en formato .rtf ( 76.4 Kb)
• Consentimiento para la notificación electrónica Documento en formato .rtf ( 49.5 Kb)
5) Cómo tramitarlo. La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica: desde el botón Tramitar. En este momento serán rederigidos a la Secretaría Virtual de RACIMA, desde donde se GRABARÁ la SOLICITUD.
De forma presencial a través de a Secretaría del Centro Escolar correspondiente, la oficina de Registro del órgano competente, oficinas de registro.
6) Plazos. El plazo para la presentación de solicitudes comienza el 27 de mayo y finaliza el 7 de junio de 2019. El plazo para resolver y publicar la resolución de concesión de la subvención será de seis meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Transcurrido dicho plazo, sin que se haya notificado resolución expresa, las solicitudes se entenderán desestimadas por silencio administrativo.
7) Normativa:
Orden EDU/39/2018, de 20 de junio, por la que se regula el programa de gratuidad de libros de texto y las ayudas destinadas a financiar la adquisición de libros de texto, en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de carácter obligatorio en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Resolución de 16 de mayo de 2019, Resolución de convocatoria de ayudas a la adquisición de libros de texto, curso 2019/2020
8) Tasas: No tiene tasa.
9) Consejería competente: Consejería de Educación, Formación y Empleo
Órgano competente: Dirección General de Educación
Tramita: Servicio de Enseñanzas Concertadas y Subvenciones Educativas
Cargo que resuelve: Consejero/a

En en enlace de interés que te colgamos, puedes descargarle los formularios. Por si acasa, te ponemos aquí la dirección: https://www.larioja.org/larioja-client/cm/oficina-electronica?web=&proc=20987

Enlaces externos

https://iqadi.larioja.org/bor-portada/boranuncio?n=10308191-2-HTML-524674-X

Resumen prestación

AYUDAS A LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Para alumnos que cursen estudios en centros públicos y concertados.