1. Inicio
  2. Prestaciones
  3. I.B.I. Ayuntamiento de Palencia

I.B.I. Ayuntamiento de Palencia

por | Jun 22, 2017


Categoría

Contenido

Ordenanzas Fiscales 2017
En el I.B.I., en la vivienda habitual de la familia, bonificación del 50% para familias numerosas de categoría general y 90% para las familias numerosas de categoría especial:
4. Los obligados tributarios, que ostenten la condición de titulares de familia numerosa general (1ª), disfrutarán de una bonificación del 50 % y, del 90 %, cuando constituyan familia numerosa especial (2ª), en la cuota íntegra del Impuesto, cuando concurran las circunstancias siguientes:
4.1ª Que el bien inmueble constituya el domicilio habitual de todos los miembros de la familia incluidos en el Título de familia numerosa.
4.2ª Que se acrediten los requisitos indicados, por cualquier medio admitido en derecho y, en particular, mediante la presentación de los documentos siguientes:
13
- Escrito de solicitud de la bonificación, en el que se identifique el bien inmueble que constituye el domicilio habitual de todos los miembros de la familia incluidos en el Título de familia numerosa, conforme al modelo normalizado facilitado por el propio Ayuntamiento.
- Fotocopia del documento acreditativo de la titularidad del inmueble.
- Título de familia numerosa.
Acreditado el cumplimiento de los requisitos indicados, referidos a la fecha del devengo del tributo, se reconocerá por el Ayuntamiento la bonificación del 50 % ó 90 % en la cuota del IBI que corresponda a la vivienda habitual y al trastero y el garaje/cochera de mayor valor catastral, en cada caso, si los hubiere. La bonificación podrá ser prorrogada anualmente, de oficio, en tanto se mantengan las condiciones que motivaron su otorgamiento. El servicio de Administración Tributaria del Ayuntamiento, podrá solicitar de los sujetos pasivos, la presentación de los documentos antes indicados, para proponer la autorización de la prórroga o su denegación.
En todo caso, la bonificación se extinguirá de oficio el año inmediatamente siguiente a aquel en que el sujeto pasivo cese en su condición de titular de familia numerosa o cuando no concurran los restantes requisitos indicados.

Enlaces externos

http://www.aytopalencia.es/ayuntamiento/normativa/ordenanzas-fiscales-2011

Resumen prestación