Últimos días para dar de alta a los Empleados de Hogar en el nuevo Régimen Laboral
El próximo sábado, 30 de junio, finaliza el periodo otorgado por la Administración a los ciudadanos para regularizar la situación laboral de los trabajadores domésticos, que deberán ser dados de alta en el nuevo Régimen Especial de la Seguridad Social por sus empleadores, sea cual sea la duración de su jornada laboral.
Información completa sobre los modelos y documentación a presentar AQUI
Se mantiene la bonificación del 45 %
Los responsables de la Seguridad Social han confirmado a la FEFN que el 20% de bonificación en las cuotas a la Seguridad Social , que se aplicará a todos los contratos dados de alta en el nuevo régimen, se verá ampliado en el caso de las familias numerosas hasta el 45%, para cumplir con lo dispuesto previamente en el Reglamento de la Ley de Protección a las Familias Numerosas. Las familias numerosas que ya disfrutaban de esa bonificación (45 %) antes de la nueva reglamentación, la mantendrán igual.
Exclusividad – funciones de la empleada
Además de cumplir lo dispuesto en la Ley y Reglamento de Familias Numerosas, respecto a que ambos progenitores trabajen fuera de casa (en familias de Categoría Especial, no se exige esta condición), se debe cumplir el principio de exclusividad de la persona contratada, en el sentido de que sus funciones deben ser exclusivamente el cuidado del hogar y las personas de la familia, y no otras. Si el cuidado es solamente el de una persona de la familia que ya esté acogida a la ley de la dependencia, es incompatible con el alta en este régimen laboral.
Esa exclusividad de funciones no significa que esa persona empleada no pueda también trabajar en otros hogares ; en ese caso siempre se aplicará el 45% correspondiente por familia numerosa a la cotización correspondiente de la familia numerosa por el trabajo en su hogar.
Para más información, ver el INFORME elaborado por la Tesorería General de la Seguridad Social sobre el régimen de exclusividad de los servicios prestados por los cuidadores de familias numerosas: DESCARGAR .