Se prorroga un año la bonificación en las cuotas a la Seguridad Social por contratar cuidadores

May 8, 2023 | Histórico

Se prorroga un año la bonificación en las cuotas a la Seguridad Social por contratar cuidadores

La bonificación del 45% en las cuotas de la Seguridad Social que se aplica a las familias numerosas que contratan personal de apoyo en el hogar se mantendrá hasta abril de 2024, es decir, se prorroga un año con respecto a la fecha prevista para la finalización de este beneficio, que debía dejar de aplicarse, en nuevos contratos, el 1 de abril de 2023.

Esta bonificación fue eliminada por el Gobierno dentro del decreto de empleados domésticos, en el que se establecieron nuevas bonificaciones por contratos, sujetas a renta y patrimonio, que debían ser desarrolladas por el correspondiente reglamento. Sin embargo, dicho Reglamento no ha sido elaborado a tiempo, y en paralelo, el grupo parlamentario de PdCat, recogiendo la demanda de la Federación Española de Familias Numerosas, presentó una enmienda a favor de mantener la bonificación de las familias numerosas, como medida de apoyo a la conciliación de la vida laboral y familiar en los hogares con más hijos.
Ambas cuestiones, la aprobación de la enmienda de la formación catalana y el retraso en el reglamento, han hecho que finalmente el Gobierno prorrogue un año la aplicación de la bonificación en la Seguridad Social a las familias numerosas que contraten personal de apoyo en el hogar.

La prórroga será efectiva por un año, hasta el 1 abril de 2024, y se aplicaría con carácter retroactivo desde el 1 de abril de este año, fecha en la que se suspendió, según informan desde el SEPE. A los contratos anteriores al 1 de abril de 2023 no les afecta, ya que tenían la bonificación concedida y se mantendrá hasta que finalice el contrato laboral que da derecho a la misma.
El beneficio supone un ahorro del 45% de las cotizaciones que tiene que pagar la familia por el empleado de hogar. Al mismo se pueden acoger las familias numerosas que contraten personal de apoyo en el hogar. Si son de categoría general, deben cumplir el requisito de trabajar fuera de casa los dos progenitores, mientras que en el caso de familias de categoría especial esta condición no es necesaria.