Canarias

Ayudas por hijo

Fiscalidad

Educación

Transporte

Ayudas por hijo

Deducción por nacimiento o adopción de hijos

La cuantía de la deducción es de 240 euros por el primer o segundo hijo; 480 euros por el tercer hijo; 720 euros por el cuarto hijo y 840 euros por el quinto hijo o sucesivos. En el caso de que el hijo cuente con una discapacidad del 65% además de la deducción por nacimiento o adopción podrá deducirse la cantidad de 480 euros, cuando se trate del primer o segundo hijo y de 960 euros, cuando se trate del tercer o posterior hijo. La suma de las bases imponibles general y del ahorro no debe ser superior a 42.900 euros en tributación individual y de 57.200 euros en tributación conjunta. Más info aquí

Fiscalidad

Deducción por familia numerosa

La deducción es de 540 € en el caso de categoría general y 720 € por categoría especial. Cuando alguno de los cónyuges o descendientes que tengan derecho al mínimo personal o familiar y cuente con una discapacidad del 65% la deducción será de 1.200 euros en el caso de familia numerosa de categoría general y de 1.320 euros en el caso de categoría especial. Esta deducción es compatible con la deducción por nacimiento o adopción de hijos. Más info aquí

Deducción por contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años

La cuantía de la deducción es de 360 euros por cada contribuyente con una discapacidad del 33% y de 144 euros por cada contribuyente mayor de 65 años. La suma de las bases imponibles general y del ahorro no debe ser superior a 42.900 euros en tributación individual y de 57.200 euros en tributación conjunta. Más info aquí

Deducción por familiares dependientes con discapacidad

La cuantía de la deducción es de 600 euros por cada descendiente o ascendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 65% que tenga derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad. La suma de las bases imponibles general y del ahorro no debe ser superior a 42.900 euros en tributación individual y de 57.200 euros en tributación conjunta. Más info aquí

Deducción por acogimiento de menores

La cuantía de la deducción es de 300 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente. Si la convivencia es inferior al periodo impositivo, la cuantía de la deducción se prorratea por los días reales de convivencia en el periodo impositivo. Más info aquí

Transporte

Bonificaciones en el transporte

Descuentos del 20% o 50% según la categoría general o especial de familias numerosas en transporte por carretera: Transportes Interurbanos de Tenerife (TITSA), Transportes Insular La Palma (TILP), Guaguas Municipales, TIADHE, Arrecife Bus.

Además, las familias disponen de descuentos del 5% o del 10%, según la categoría de familia numerosa, en las tarifas aéreas nacionales. También disponen de descuentos del 20% o del 50% en transporte marítimo, según la categoría. Los descuentos son acumulables a otros descuentos establecidos, como el descuento por residente. Más info aquí

Educación

Deducción por gastos de estudios

La cuantía de la deducción por cada descendiente es de 1.800 euros, con carácter general, y de 1.920 euros, si la base liquidable del contribuyente es inferior a 36.300 euros. La deducción está sujeta a límites de ingresos. Más info aquí

Deducción por gastos de guardería

La deducción es del 18% de las cantidades satisfechas en gastos de guardería de hijos menores de 3 años, con un máximo de 480 euros anuales por niño. La base imponible general y del ahorro no debe superar en tributación individual los 42.900 euros y los 57.200 euros, en caso de tributación conjunta. Más info aquí