La desigual aplicación de la sentencia del Supremo impide que todas las familias recuperen sus derechos

Jul 9, 2019 | Histórico

La desigual aplicación de la sentencia del Supremo impide que todas las familias recuperen sus derechos
  

Las familias numerosas que vieron mermados sus derechos al perder la categoría especial por una incorrecta aplicación de la ley en 2015, vieron la luz el pasado mes de marzo cuando el Supremo les dio la razón, al establecer que la categoría de familia numerosa se debe mantener para siempre, hasta que se pierde el título de familia numerosa. Con su sentencia, el alto tribunal puso fin a una batalla que afectaba a más de 60.000 familias de categoría especial, al fijar criterio para la correcta aplicación de la citada reforma de la ley. Sin embargo, tres meses después del fallo del Supremo, la situación no se ha resuelto para todas las familias, ya que las Comunidades Autónomas han acatado el dictamen del TS de diferente forma, generando agravios comparativos y discriminación de unas familias frente a otras. En concreto, hay tres Comunidades –Aragón, Galicia y Canarias- en las que todavía no se ha aplicado la sentencia, a pesar de haber transcurrido casi 4 meses. En el resto de España sí se ha aplicado, pero de diferente forma, ya que han decidido hacerlo con carácter retroactivo, pero tomando como referencia diferentes fechas. Así, hay 10 Comunidades que han seguido el criterio de interpretación que adoptó el Abogado del Estado del Ministerio de Sanidad, decidiendo aplicar la sentencia desde agosto de 2015, fecha de la entrada en vigor de la ley que generó todo el conflicto; mientras, en otras 4 –Cantabria, Castilla-La Mancha, Cataluña y Navarra y la ciudad de Ceuta- la fecha de referencia es la de la sentencia, es decir marzo de 2019. Esta desigual aplicación de la sentencia supone que muchas familias no han podido recuperar la categoría especial que les corresponde, lo que supone una discriminación  de unas familias frente a otras en un asunto que es de ámbito estatal, que debe ser igual para todos porque se trata de la categoría que es algo que establece la Ley de Familias Numerosas”, destaca la entidad familiar. La FEFN considera “inadmisible que haya una sentencia del Supremo -el máximo órgano judicial-, que ampare los derechos de las familias y que sea de obligado cumplimiento para las administraciones y que en algunas Comunidades todavía no se aplique y que, además, en el resto no haya un criterio unánime”. “Todo esto supone un perjuicio económico importante para las familias, al no poder acceder a las bonificaciones que les corresponderían, y especialmente en este momento, ya que estamos en época de matriculación en universidades, donde están en juego cantidades de dinero que en algunos casos pueden hacer peligrar la continuidad de los estudios. Las familias de categoría especial tienen una bonificación del 100% de la matrícula en universidades públicas y para las de general es del 50% y no todas las familias pueden hacer frente a ese gasto, sobre todo si tienen varios hijos estudiando”. La FEFN, que ha realizado un análisis de este asunto en todas las comunidades, solicita al Gobierno que se modifique la Ley de Familias Numerosas para introducir en ella un punto en el que quede recogido el mantenimiento de la categoría especial con carácter retroactivo desde agosto de 2015, tal y como defiende el Abogado del Estado en su informe. La FEFN espera que esta reforma no se demore mucho, para poner fin a la situación actual y acabar con el perjuicio económico que ocasiona a cientos de familias.