Ya está publicada en el BOE la ampliación de la condición legal de familia numerosa

Jul 29, 2015 | Histórico

Ya está publicada en el BOE la ampliación de la condición legal de familia numerosa
  

Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial de Estado (BOE) la parte de la Ley de Infancia que regula lo relativo a la condición de familia numerosa, en concreto, la extensión del título hasta que el menor de los hijos cumpla la edad legal establecida . Se trata de una importante modificación de la Ley de Familias Numerosas, por la que la Federación Española de Familias Numerosas llevaba años luchando, ya que suponía una gran discriminación de los hijos pequeños con respecto a los hermanos mayores.
Así se reconoce en el Preambulo de la Ley (capítuo VI), en el que se recuerda que en la normativa actual » cuando los hermanos mayores van saliendo del título, por dejar de cumplir el requisito de edad, fundamentalmente, la familia puede perder el derecho al título si quedan menos de tres o dos hermanos que cumplan los requisitos, dándose la paradoja de que los hermanos menores que han generado para la familia elderecho al título luego no pueden disfrutar de estos beneficios «.
La reforma acometida por el Gobierno, a instancias de la FEFN , pretende » acomodarse a la situación efectiva de las familias numerosas y evitar una situación de discriminación entre los hermanos «, de manera que el título de familia numerosa se mantenga hasta que el último de los hijos cumpla la edad máxima establecida en la Ley y pueda disfrutar de los mismos beneficios que sus hermanos.
Dado que le Ley ha tardado en tramitarse más tiempo de lo esperado inicialmente, se ha introducido una disposición ( Disposición transitoria quinta ) que garantiza a las familias que hayan perdido el título entre el 1 de enero de 2015 y la entrada en vigor de la ley que puedan acceder a las bonificaciones en el ámbito educativo.
Certificado para la Universidad
La FEFN ha consultado al Ministerio, desde donde aconsejan que las familias que se encuentren en esta situación acudan a su Comunidad Autónoma, al organismo encargado de la exposición y renovación de títulos, para solicitar un certificado que acredite que han sido familia numerosa hasta tal fecha (dentro de los meses transcurridos entre el 1 de enero de 2015 y la entrada en vigor de esta nueva regulación) y presentarlo en las Universidades para poder acceder al descuento por familia numerosa en matrículas y tasas, aunque se haya perdido ya esta condición legal. Este mismo certificado se podrá presentar en las Universidades si se ha pagado la totalidad de la matrícula, para que la Administración pueda reembolsar al estudiante el importe de la bonificación (50 %, ya que aunque se mantenga la condición de familia numerosa a estos efectos, no se mantiene la categoría en caso de haber sido familia numerosa «especial»).
Texto completo del BOE aqui